miércoles, 4 de agosto de 2010

DIA DE LA JUVENTUD





DERECHOS DE JUVENTUD QUE LA ASOCIACION FE Y TRABAJO PROMUEVE…

Derecho a la Vida
Art. 8.- Se reconoce el derecho a la vida desde el instante de la concepción.

Derecho a la Integridad Personal
Art. 10.- Los jóvenes son personas integrales en su dimensión biológica, psicológica afectiva, espiritual, moral y sociocultural, por tanto tienen derecho a que se respete su integridad personal.

En consecuencia, no podrán someterse a ninguna modalidad de violencia, abuso, explotación, maltrato, tortura, penas o tratos inhumanos, crueles y degradantes.

La familia y el Estado deben proteger a los jóvenes de cualquier forma de explotación, maltrato, tortura, abuso o negligencia que afecte su derecho a la integridad personal.

Derecho a la Identidad y Personalidad Propias
Derecho al Honor
Art. 14.- Los jóvenes tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen

Participación de los Jóvenes
Art. 20.- Los jóvenes tienen derecho a la participación política y democrática, así como también a ser tomados en cuenta en el diseño, ejecución, seguimiento de las políticas, planes, programas, proyectos y acciones dirigidas hacia la juventud.

Derecho al Deporte y Recreación
Art. 21.- El Estado debe garantizar y promover el libre acceso a la práctica de las diversas disciplinas deportivas aportando los recursos físicos, económicos y humanos necesarios establecidos en la Ley General de los Deportes. Asimismo, velará por el fomento de las distintas formas, prácticas o modalidades recreativas de acuerdo con los intereses y aptitudes de los jóvenes

Derecho a la Educación y la Cultura
Art. 22.- Los jóvenes tienen derecho a la educación y la cultura. Se reconoce la educación como un proceso de aprendizaje que incluye elementos provenientes de sistemas de aprendizaje escolarizado, no escolarizado e informales, que contribuyen al desarrollo continuo e integral de la persona joven. Este derecho comprende la libre elección del centro educativo y la participación activa en la vida del mismo

Derecho a la Salud
Art. 26.- Los jóvenes tienen derecho a una salud integral y de calidad, orientada hacia sus necesidades específicas, que debe entenderse como la resultante de la interacción dinámica de distintos factores espirituales, bio-psicosociales, económicos, el medio ambiente, el agua en calidad y cantidad suficiente, el estilo de vida y el sistema de atención sanitaria.

Derecho a un Medioambiente Saludable
Art. 33.- Los jóvenes tienen derecho a vivir en un ambiente natural, sano y equilibrado, ecológicamente sustentable y adecuado para su desarrollo.
En consecuencia, el Estado tiene el deber de prever en la política medioambiental la utilización adecuada de los recursos naturales con el objeto de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los requerimientos de las generaciones futuras.

Asimismo, le corresponde fomentar y promover la conciencia, la responsabilidad, la solidaridad, la participación y la educación e información ambiental entre los jóvenes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario